El seguro de muerte es la pensión vitalicia en dinero, a la que se hacen acreedores los derechohabientes del asegurado en servicio activo y del asegurado que fallece en servicio pasivo con pensión de retiro, discapacidad o invalidez.
En caso de que el servidor policial fallezca en servicio activo y fuera de actos del servicio deberá tener al menos 5 años de tiempo activo y efectivo de aportación al ISSPOL.
A este beneficio accederá la esposa, hijos hasta los 25 años en los términos que dispone la ley de Seguridad Social de la Policía Nacional y a falta de los anteriores la madre o el padre que carezca de medios para subsistir y esté con discapacidad. En estos casos la pensión será del 50% de la pensión originada por el causante.
REQUISITOS

- Partida, certificado o inscripción de defunción del asegurado causante.
- Original de certificado de Historial Laboral del Servidor Policial (Anteriormente Revista de Comisario)
- “Copia a color de cédula de ciudadanía actualizada y vigente”, de cada derechohabiente.
- “Certificación bancaria de Cuenta Activa” de cada derechohabiente (las cuentas bancarias deben ser personales, no procede el trámite con cuentas bancarias conjuntas).
- Formulario de Montepío.
REQUISITOS PARA CADA DERECHOHABIENTE

- Cónyuge –Esposa / viud@:
- Original de “partida de matrimonio actualizada”.
- Conviviente:
- Acta notarial de “unión de hecho” o “sentencia de unión de hecho” dictada por juez competente.
- Hijos menores de 18 años.
- “Certificado de Filiación” emitido por el registro civil.
- Hijos menores de edad fuera de matrimonio:
- Declaración Juramentada de “Representación legal del menor”.
- “Certificado de Filiación” emitido por el registro civil.
- Hijos solteros con discapacidad en forma permanente total o permanente absoluta:
- Certificado médico con diagnóstico de discapacidad y carnet de discapacidad otorgado por el MSP.
- Certificados de “afiliación del IESS y del ISSFA”.
- “Certificado de Filiación” emitido por el registro civil.
- Carnet de Discapacidad Vigente.
- Hijos entre 18 y 25 años:
- Certificados de “matrícula” y “asistencia a clases”.
- Certificados de “afiliación del IESS y del ISSFA”.
- “Certificado de Filiación” emitido por el registro civil.
- Madre (únicamente a falta de los derechohabientes anteriores):
- Información sumaria realizada por la madre en que indique que el causante fallecido cumple con 3 aspectos:
- Que nunca se llegó a casar, siendo su estado civil soltero.
- Que no mantenía convivencia.
- Que no procreó ni adopto hijos legalmente recocidos.
- Información sumaria realizada por la madre en que indique que el causante fallecido cumple con 3 aspectos:
- Padre (únicamente a falta de los derechohabientes anteriores):
- Información sumaria realizada por el padre en que indique que el causante fallecido cumple con 4 aspectos:
- Que el padre carezca de medios para subsistir y esté con discapacidad.
- Que nunca se llegó a casar, siendo su estado civil soltero.
- Que no mantenía convivencia.
- Que no procreó ni adopto hijos legalmente recocidos.
- Información sumaria realizada por el padre en que indique que el causante fallecido cumple con 4 aspectos:
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- Certificado de defunción de la madre del causante.
- Certificado de afiliación del IESS e ISSFA.