Comunicado para Pensionistas de retiro que están laborando en relación de dependencia

Según la Norma de la Ley de Seguridad Social de la Policía Nacional, en el Capítulo I, DE LAS DISPOSICIONES GENERALES, correspondiente al Título Décimo Cuarto, el artículo innumerado, posterior al artículo 128 indica: “Art. …-Quienes siendo beneficiarios de pensiones de retiro por parte del Instituto de Seguridad Social de la Policía Nacional, estén o se reincorporen a prestar servicios bajo relación de dependencia y perciban por ello, sueldo, salario o remuneración, dejarán de percibir el 40% del aporte del Estado, en su pensión de retiro, en los casos en que el monto de la misma supere el valor de una canasta básica familiar”.

 

Por lo expuesto anteriormente, se les comunica a los afiliados pensionistas del ISSPOL, quienes actualmente se encuentren laborando deben remitir un oficio a la Dirección General del ISSPOL, comunicando su situación laboral para proceder el descuento respectivo y número de cédula, con la finalidad de evitar consecuencias de devoluciones posteriores y sanciones por incumplimiento de la Norma.