Indemnización Profesional

Indemnización Profesional

Es el pago en dinero que, por una sola vez, se reconoce al asegurado que se separe del servicio activo, sin tener derecho a pensión alguna, ni tampoco genera pensión para su familia en caso de fallecimiento; indemnización equivalente a una mensualidad de su sueldo (RMU) sobre la que aportó en el mes de su baja policial.

Monto de la Indemnización
Equivalente a una mensualidad de su sueldo (RMU) sobre la que aportó en el mes de su baja policial.

Cobertura del Seguro

Cesante Vivos

Tiene derecho el asegurado que se separe del servicio activo mediante baja policial (cesante) que no generó derecho a los seguros de retiro, invalidez o discapacidad.

Cesantes Fallecidos

Tienen derecho los familiares del asegurado fallecido fuera de actos del servicio con tiempo activo y efectivo de aportación al ISSPOL menor a 5 años; para este caso, la indemnización profesional será entregada a sus derechohabientes en el orden de prelación y porcentajes que establece la ley par seguro de muerte (montepío).

Requisitos del SEGURO

  • Ficha simplificada de la DINARDAP (Impreso por el ISSPOL).
  • Original de certificado de Historial Laboral del Servidor Policial.
    • Certificado de institución financiera de cuenta activa del beneficiario.
    Cesante Fallecido
    • Certificado de institución financiera de cuenta activa única de cada beneficiario (las cuentas bancarias deben ser personales de cada beneficiario, no procede el trámite con cuentas bancarias conjuntas).
    • Original partida, acta, certificado o inscripción de defunción del asegurado causante.
    Casado o en Unión de Hecho
    • Certificado de Matrimonio o Unión de Hecho legalmente emitido por el Registro Civil.
    Hijos Menores de 18 años
    • Fuera de matrimonio: Declaración Juramentada conjunta o para cada heredero de Representación Legal.
    Madre (Únicamente a falta de los derechohabientes anteriores)
    • Original de Información sumaria y de nudo de hecho que el causante fue de estado civil soltero, no mantenía convivencia, ni unión de hecho y no procreó ni adoptó hijos.
    Padre con Discapacidad (Únicamente a falta de los anteriores)
    • Partida, Certificado o Inscripción de defunción de la madre del causante.
    • Original de Información sumaria y de nudo de hecho que el causante fue de estado civil soltero, no mantenía convivencia, ni unión de hecho y no procreó ni adoptó hijos.
    • Certificados de NO afiliación al IESS.
    • Certificados de NO afiliación al ISSFA.
    Prescripción
    El derecho a reclamar la Indemnización Profesional prescribe a los 3 años, contados desde la fecha de baja del servidor policial.
    DISPOSICIONES GENERALES
    En caso de existir Poder Especial deberá estar debidamente notariado.