SEGURO DE INVALIDEZ

SEGURO DE INVALIDEZ

Es la prestación que consiste en el pago mensual de una pensión vitalicia en dinero al asegurado que se incapacita en actos fuera del servicio por efecto de accidente o enfermedad no profesional.

CÁLCULO
El cálculo es individual, en base a la realidad de cada afiliado conforme a la normativa legal vigente

Cobertura del Seguro

Coberturas

Tiene derecho el asegurado que se incapacita en forma permanente total y permanente absoluta fuera de actos de servicio por efecto de enfermedad común o accidente no profesional y que acredite por lo menos 5 años (60 imposiciones), registrados como tiempo activo y efectivo de aportación al ISSPOL.

Requisitos del SEGURO

Requisitos
  • Original de certificado de Historial Laboral del Servidor Policial.
  • Ficha simplificada Vigente de la DINARDAP (Impresa por el ISSPOL).
  • Resolución original o copia certificada de la Comandancia General, previo a la baja con la valoración de la incapacidad correspondiente.
  • En caso que la discapacidad sea física, mental o psicológica y que el informe médico determine que el asegurado no puede representarse por sí mismo, se deberá presentar la Sentencia de Interdicción del beneficiario con designación de un curador por parte de autoridad competente.
DISPOSICIONES GENERALES
En caso de existir Poder Especial deberá estar debidamente notariado.