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20 de Marzo 1926

Dr. Isidro Ayora expidió la Ley de Retiro para el personal militar. Esta ley pionera, estableció una cobertura mínima para el profesional, sometido a un régimen especial.

02 de Marzo 1939

La Ley de Pensiones de las Fuerzas Armadas, expedida mediante decreto legislativo amplio la cobertura de la Ley de Retiro. Así, el personal policial quedo cubierto por la Ley de Pensiones de las Fuerzas Armadas.

29 de octubre 1957

Al crearse la Caja Militar que incluía al personal policial como ente independiente y cuya administración dependía de la Caja de Pensiones, se entregan las asignaciones que constan en el Presupuesto General del Estado, para completar la diferencia entre las disponibilidades anuales y las cantidades requeridas para sus finalidades.
La Ley, por lo tanto, establece claramente el régimen financiero bajo el cual se administran las pensiones otorgadas al policía.

20 de Junio 1962

Mediante Decreto promulgado en el Registro Oficial 2, se separa la Caja Policial de la Caja Militar, y se encarga la calificación de servicios a la Junta Calificadora de Servicios de la Policía, con base en la Ley de Pensiones de las Fuerzas Armadas. En virtud de esta ley, la Caja Policial se constituye en un ente independiente administrado por el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), que era el depositario de los recursos. La Caja Policial debía, a su vez, pagar al IESS por gastos administrativos, trescientos millones de sucres al año. Estructuralmente, la Caja Policial dependía de la Dirección de Bienestar Social de la Policía Nacional y otorgaba los siguientes beneficios: Pensiones de invalidez, vejez y muerte, Mortuoria, el crédito (hipotecario y quirografario) y los fondos de reserva eran administrados por el IESS.

04 de Mayo 1995

El Congreso Nacional discutió en primer debate el proyecto de Ley de Seguridad Social de la Policía Nacional, el mismo que fue aprobado, en segundo y definitivo debate, en sesión del martes 9 de mayo de 1995.

01 de Junio 1995

En virtud de esa ley asignada con el número 90 y publicada en el R.0. No.- 707, se establece el Sistema de Seguridad Social Policial y crea el ISSPOL.

 

01 de Septiembre 1995

El Sistema de Seguridad Social de la Policía Nacional se define “Como un sistema de cobertura integral, pues contempla: El Seguro Social, esto es, la protección frente a los riesgos económicos y asistenciales. Los Servicios Sociales,  la satisfacción de las necesidades básicas o de subsistencia para lograr bienestar.
La Asistencia Social, el amparo a los indigentes, desprotegidos y no asalariados.
.

30 de noviembre 2011

El Instituto de Seguridad Social de la Policía Nacional, transforma la administración por departamentos y da un salto a LA ADMINISTRACIÓN POR PROCESOS, con esta actualización el ISSPOL, certifica todos sus procesos con la norma internacional de calidad ISO 9001-2008, enfocándose en la calidad y a la satisfacción de su Afiliado y asegurado con la mejora continua. 

 

28 de febrero 2016

El Instituto de Seguridad Social de la Policía Nacional, con la finalidad de seguir brindando un servicio de calidad a sus afiliados y asegurados, mantiene su certificación de Calidad, Re-certificando sus Procesos con la norma Internacional ISO 9001-2015, enfocados únicamente en la mejora continua, para una mejor atención a sus asegurados y afiliados.

 

21 de octubre 2016

La Asamblea Nacional del Ecuador aprueba la Ley de Fortalecimiento a los Regímenes Especiales de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional, con esta nueva ley se elimina 60% de aporte de estado y garantizará el pago de las prestaciones poniendo como garantía para al estado, así como también se crea 2 regímenes de aportación el transitorio 33,35% y el nuevo régimen 20,60% y se convierte en el financiador de la salud Policial. 

04 de mayo de 2021

Declaratoria de Inconstitucionalidad la “Ley de Fortalecimiento a los Regímenes Especiales de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional

 

 

 

31 de agosto de 2021

Se reforma la ley para asignar la función de gestión coactiva para el cobro de recursos del ISSPOL.

© Derechos Reservados ISSPOL 2023
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