COACTIVAS

El Instituto de Seguridad Social de la Policía Nacional sustentado en las normas ejercerá la potestad coactiva para la recuperación de cartera vencida y de la ejecución coactiva para el cobro de acreencias, obligaciones y/o créditos que mantienen los afiliados, pensionistas, proveedores, contratistas, inversores del Instituto, cobros de prestaciones multas, anticipos de remuneraciones y anticipos de viáticos, recuperación de anticipos entregados y no devengados a proveedores del Instituto de Seguridad Social de la Policía Nacional y cualquier otro concepto que se adeuden.

El proceso coactivo inicia con el expediente de la orden de cobro y sus respectivos anexos, emitido por la gestión de Cobranzas Institucionales, y con el Titulo de Crédito emitido por la Dirección Económica Financiera; por lo que la gestión coactiva procederá a recaudar la obligación contenido de forma implícita en el Titulo de Crédito, al que adjunta la orden de cobro; es decir que inicia con la existencia de una obligación determinada y exigible contenido en el Titulo de Crédito y, fundada en la Orden de pago emitida por el Jefe de Coactivas.
De no haber presentado propuesta de pago voluntario y al tener la  documentación emitida por la unidad de cobranzas el Jefe de Coactivas emitirá la orden de pago inmediato y dispondrá al deudor o sus garantes que paguen la deuda o dimitan bienes dentro de tres (3) días contados desde el día siguiente al de la notificación, previniendo que, de no cumplir se procederá con el embargo de bienes.

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