Plica Policial

Es el documento que suscribe el asegurado en el cual designa de forma libre y voluntaria a los beneficiarios y sus porcentajes del seguro de vida. La plica policial será registrada, guardada en sobre cerrado y estará custodiado por el ISSPOL, solo se podrá abrir después del fallecimiento del causante en presencia de un familiar o apoderado especial y las autoridades del ISSPOL.

Nota: Se pierde este derecho cuando la causa de la muerte es causada por si o por interpuesta persona o a consecuencia de un delito tipificado en las Leyes Penales.

El Seguro de Vida se extingue con la baja del afiliado del servicio activo, por cualquier causa.

SEGURO DE VIDA ACTIVOS

Es la prestación que consiste en el pago por una sola vez, de una indemnización económica por el fallecimiento del policía en servicio activo en el monto establecido en la Ley de Seguridad Social de la Policía Nacional.

SEGURO DE VIDA POTESTATIVO

Es la prestación que consiste en el pago por una sola vez, de una indemnización económica por el fallecimiento del asegurado pensionista de retiro, invalidez o discapacidad que voluntariamente contrató el seguro de vida hasta el 20-oct-2016 y se encuentra vigente su convenio y aportación mensual respectiva a través de roles de pago del ISSPOL.