GASTOS ADMINISTRATIVOS EN CRÉDITOS

El Instituto de Seguridad Social de la Policía Nacional, en cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución del Consejo Directivo No. 23-CD-SO-03-2023-ISSPOL, recuerda a sus asegurados, que el artículo 24 del REGLAMENTO DEL SERVICIO SOCIAL DE CRÉDITO, determina que «el préstamo quirografario se devengará mediante la modalidad de dividendos mensuales constantes de amortización gradual.

La prima del seguro de saldos para el préstamo quirografario de menor cuantía será del 1% y del 0,25% por gastos administrativos, que formarán parte del dividendo mensual del préstamo. Para el préstamo quirografario de mayor cuantía la prima del seguro de saldos será de 1.25% y el 0.15% por gastos administrativos, que formarán parte del dividendo mensual del préstamo.»

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